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Corte Suprema

GERMAN DAMILANO SA c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/AMPARO

Germán Damilano S.A. promovió amparo contra el Estado Nacional y la AFIP-DGI para cuestionar la confiscatoriedad de normas tributarias. La Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó la demanda, por considerar que, sin peritaje contable, la documentación unilateral presentada por la actora no alcanza para acreditar la confiscatoriedad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 530. XLVI. REX
Confiscatoriedad Validez constitucional Normas tributarias Peritaje contable Prueba Amparo Recurso extraordinario German damilano s.a. Afip-dgi Carga probatoria

¿Quién es el actor?

Germán Damilano S.A.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y otros (AFIP-DGI)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cuestionamiento de la validez constitucional de normas impositivas por confiscatoriedad, en un amparo.

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada, rechazando la demanda. Costas por su orden en atención a la complejidad de la cuestión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "resulta aplicable a estos autos el criterio establecido en el caso 'Santiago Dugan Trocello' (Fallos: 328:2567) y, en especial, la doctrina que surge de lo expresado en los considerandos 1° a 6° del precedente 'Candy S.A.' (Fallos: 332:1571), en cuanto a la validez constitucional de las normas impugnadas."

Considerando 2°: "al no haberse producido en estos autos un peritaje contable, no hay suficientes elementos de prueba como para determinar si la aplicación de las referidas normas configura, en la concreta situación de la actora, un supuesto de confiscatoriedad, como el que el Tribunal tuvo por demostrado en el citado precedente 'Candy' (considerandos 7° y sgtes.) sobre la base, precisamente, del peritaje contable que obraba en tales actuaciones."

Considerando 3°: "las rigurosas exigencias con que el Tribunal ha rodeado la configuración de ese agravio constitucional (confr. Fallos: 314:1293, considerando 7° y sus citas), no condicen con que pueda ser admitido teniendo como único medio de prueba la documentación confeccionada y presentada en forma unilateral por las accionantes, aunque ésta incluya un informe o certificación de contador público (conf. precedente S.260.XLIII 'Sol de Mayo S.A. c/ AFIP - DGI', del 19 de mayo de 2010, entre otros)."

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Santiago Dugan TrocelloCSJN · Fallos 328:2567
  • Candy S.A.CSJN · Fallos 332:1571
  • Fallos 314:1293CSJN
  • Sol de Mayo S.A. c/ AFIP - DGICSJN · 19/05/2010

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