JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ROMERO HECTOR RAUL s/CAUSA N° 11433

El Fiscal General ante la Cámara Nacional de Casación Penal recurrió en queja la denegación de un recurso extraordinario en una causa por delitos de lesa humanidad vinculada a la excarcelación de Héctor Raúl Romero. La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, remitiendo los autos para que se dicte una nueva resolución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 271. XLVI. RHE
Delitos de lesa humanidad Excarcelacion Recurso de queja Recurso extraordinario Camara nacional de casacion penal Recurso de hecho Fiscal general Procurador fiscal Revocacion Romero

¿Quién es el actor?

Fiscal General ante la Cámara Nacional de Casación Penal, Dr. Ricardo Gustavo Wechsler (recurrente, mantenido por el Procurador Fiscal Dr. González Warcalde).

¿A quién se demanda?

Héctor Raúl Romero (imputado en la causa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho contra la denegación de un recurso extraordinario deducido contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal, en un proceso por delitos de lesa humanidad, en torno a la excarcelación del imputado.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que se dicte una nueva resolución conforme a lo decidido. Los Dres. Petracchi y Argibay votaron en disidencia y, por su parte, desestimaron la queja por considerar inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el Tribunal comparte, en lo pertinente, los fundamentos expuestos por el señor Procurador Fiscal en el dictamen de fs. 31/32, a cuyos términos corresponde remitirse por razones de brevedad." (Mayoría). En disidencia: "Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." (Dres. Petracchi y Argibay, en disidencia; no constituyen la decisión del tribunal).

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.