BMW DE ARGENTINA SA c/ CITIBANK NA s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario interpuesto por BMW de Argentina S.A. y revocó la sentencia de la Cámara que había resuelto el reclamo por cumplimiento de un contrato de compraventa en moneda extranjera, remitiendo la causa para un nuevo pronunciamiento conforme al precedente Johnson & Johnson de Argentina S.A. CEI c/ Deutsche Bank S.A. (Fallos: 334:516). El tribunal aplicó allí el criterio sobre el control de cambios y la pesificación de obligaciones en dólares.
¿Quién es el actor?
BMW de Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
Citibank N.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cumplimiento de contrato (compraventa pactada en moneda extranjera).
¿Qué se resolvió?
se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada, se dispuso que las costas se distribuyan por su orden, se declaró abstracta la queja con reintegro del depósito y archivo, y se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que resulta aplicable en los presentes autos el criterio establecido por el Tribunal en la causa 'Johnson & Johnson de Argentina S.A. CEI c/ Deustche Bank S.A.' (Fallos: 334:516), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad." El fallo no desarrolla fundamentos propios: remite al precedente citado. No hay votos en disidencia.
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Fallos que cita
- Johnson & Johnson de Argentina S.A. CEI c/ Deutsche Bank S.A.CSJN · Fallos 334:516
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