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Corte Suprema

PEREZ PASINI MARCELO ANTONIO c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTROS Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema admitió la queja y el recurso extraordinario interpuestos por el Banco Santander Río S.A. en un amparo promovido contra el Poder Ejecutivo Nacional y otros. El Tribunal revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda, aplicando los precedentes Velo de Ipola y Ramos (Fallos: 331:2316), sin que la inobservancia de la acordada 4/07 constituyera un obstáculo para la admisión del recurso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 64. XLVII. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Amparo Acordada 4/07 Admisibilidad recursiva Precedente velo de ipola Precedente ramos Revocacion Rechazo de demanda Poder ejecutivo nacional

¿Quién es el actor?

Marcelo Antonio Pérez Pasini.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo (el expediente original no se transcribe en el fallo, por lo que el objeto concreto del reclamo no surge del texto).

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios y se rechaza la demanda. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"en atención a la naturaleza de los agravios planteados por el recurrente y a la jurisprudencia establecida al respecto, el Tribunal considera que la inobservancia de los recaudos previstos en la acordada 4/07 en la que ha incurrido el apelante no constituye un obstáculo insalvable para la admisión de la pretensión recursiva (conf. art. 11 del reglamento aprobado por dicha acordada)."

"En cuanto al aspecto sustancial de la controversia, resulta aplicable en estos autos el criterio establecido por el Tribunal al decidir las causas V.247.XLIII 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009, y 'Ramos' —considerandos 5° y 6°— (Fallos: 331:2316) a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

Normas que cita

  • Acordada 4art. 11

Fallos que cita

  • Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparoCSJN · 25/08/2009
  • RamosCSJN · Fallos 331:2316

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