SANCHEZ MARIA IRMA c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja del Banco Macro S.A. y declaró procedente el recurso extraordinario en el amparo promovido por María Irma Sánchez contra el Estado Nacional. Revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda, aplicando el criterio fijado en los precedentes Velo de Ipola y Ramos, y no consideró insalvable el incumplimiento de los recaudos de la acordada 4/07.
¿Quién es el actor?
María Irma Sánchez.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios y se rechazó la demanda, con costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"en atención a la naturaleza de los agravios planteados por el recurrente y a la jurisprudencia establecida al respecto, el Tribunal considera que la inobservancia de los recaudos previstos en la acordada 4/07 en la que ha incurrido el apelante no constituye un obstáculo insalvable para la admisión de la pretensión recursiva (conf. art. 11 del reglamento aprobado por dicha acordada)".
"En cuanto al aspecto sustancial de la controversia, resulta aplicable en estos autos el criterio establecido por el Tribunal al decidir las causas V.247.XLIII 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009, y 'Ramos' —considerandos 5° y 6°— (Fallos: 331:2316) a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."
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Normas que cita
- Acordada 4art. 11 (reglamento)
Fallos que cita
- Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparoCSJN · 25/08/2009
- RamosCSJN · Fallos 331:2316
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