JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Kenigsztain, Abel c/ Est. Nac. s/acción declarativa

El actor promovió acción declarativa contra el Estado Nacional para obtener la restitución de depósitos bancarios reprogramados por la normativa de emergencia. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda, por haberse extinguido la obligación de los contratos de depósito mediante su canje por bonos del Estado o su aplicación a fines específicos previstos normativamente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
K. 93. XLVIII. REX
Depositos bancarios Reprogramacion Accion declarativa Recurso extraordinario Emergencia economica Canje por bonos Estado nacional Acordada 4/07 Massa Ramos

¿Quién es el actor?

Abel Kenigsztain.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa vinculada a depósitos bancarios afectados por la normativa de emergencia (reprogramación de depósitos).

¿Qué se resolvió?

se declara procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Banco Macro Bansud S.A., se revoca la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios y se rechaza la demanda. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"en atención a la naturaleza de los agravios planteados por el recurrente y a la jurisprudencia establecida al respecto, el Tribunal considera que la inobservancia de los recaudos previstos en la acordada 4/07 en la que ha incurrido el apelante no constituye un obstáculo insalvable para la admisión de la pretensión recursiva (conf. art. 11 del reglamento aprobado por dicha acordada)."

"resulta aplicable a las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal al decidir las causas V.247.XLIII 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009, 'Ramos' -considerandos 5° y 6°- (Fallos: 331:2316) y los millares de casos resueltos mediante remisión a 'Massa' (Fallos: 329:5913)."

Se excluyó del derecho reconocido a los accionantes los supuestos "en los que la obligación emergente de sus contratos de depósito se hubiera extinguido a raíz de su canje por bonos del Estado o por haberse aplicado su importe a fines específicos previstos normativamente, tales como la cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles".

Normas que cita

  • Acordada 4art. 11

Fallos que cita

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