JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Pereyra, Graciela Raquel c/ Estado Nacional s/acción declarativa de certeza

El actor promovió acción declarativa de certeza contra el Estado Nacional para obtener la devolución de depósitos bancarios reprogramados por la normativa de emergencia económica. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda, por tratarse de depósitos cuya obligación se había extinguido por su aplicación a fines específicos previstos normativamente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 1006. XLVIII. REX
Accion declarativa de certeza Depositos bancarios Corralito Emergencia economica Reprogramacion bancaria Canje por bonos Extincion de la obligacion Recurso extraordinario Acordada 4/07 Estado nacional

¿Quién es el actor?

Graciela Raquel Pereyra.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de certeza tendiente a obtener la restitución de depósitos bancarios sujetos a las medidas de emergencia.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios y rechazó la demanda, aplicando el criterio de los precedentes "Velo de Ipola", "Ramos" (Fallos: 331:2316) y "Massa" (Fallos: 329:5913), que excluyen del derecho reconocido a los supuestos en los que la obligación emergente del contrato de depósito se extinguió por canje por bonos del Estado o por aplicación de su importe a fines específicos previstos normativamente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En atención a la naturaleza de los agravios planteados por el recurrente y a la jurisprudencia establecida al respecto, el Tribunal considera que la inobservancia de los recaudos previstos en la acordada 4/07 en la que ha incurrido el apelante no constituye un obstáculo insalvable para la admisión de la pretensión recursiva (conf. art. 11 del reglamento aprobado por dicha acordada)."

"En cuanto al aspecto sustancial de la controversia, resulta aplicable a las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal al decidir las causas V.247.XLIII 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009, 'Ramos' -considerandos 5° y 6°- (Fallos: 331:2316) y los millares de casos resueltos mediante remisión a 'Massa' (Fallos: 329:5913) en los que invariablemente se excluyó del derecho reconocido a los accionantes los supuestos 'en los que la obligación emergente de sus contratos de depósito se hubiera extinguido a raíz de su canje por bonos del Estado o por haberse aplicado su importe a fines específicos previstos normativamente, tales como la cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles'."

Fallos que cita

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