Sande, Carlos Alberto c/ Expreso Esteban Echeverría Y OTRO s/daños y perjuicios
La Corte Suprema declaró procedente la queja por denegación de recurso extraordinario y revocó la decisión que condenaba a la aseguradora más allá de la franquicia contractual. Sostuvo que la franquicia pactada en el seguro de transporte público de pasajeros es oponible al tercero damnificado, por lo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora sino dentro de los límites de la contratación.
Actor / parte damnificada: Carlos Alberto Sande.
¿A quién se demanda?
El Expreso Esteban Echeverría (transportista) y, citada en garantía, Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros (aseguradora, recurrente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo de daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito vinculado a un colectivo de transporte público de pasajeros.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario y se revocó la decisión apelada. Se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Costas por el orden causado en la forma indicada (con costas).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte remitió a los fundamentos de la causa "Nieto" (Fallos: 334:988) por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Agregó que los argumentos del a quo sobre la aplicación de la ley de Defensa del Consumidor (modificada por ley 26.361) resultan insuficientes para modificar el criterio de la Corte sobre el alcance de la franquicia en el seguro del transporte público de pasajeros, citando "Martínez de Costa" (9/12/2009) y "De Marco" (12/7/2011). Texto transcripto: "Que, sin perjuicio de ello, los argumentos del a quo referentes a la aplicación al caso de la ley de Defensa del Consumidor, según la modificación de la ley 26.361, resultan insuficientes para modificar el criterio de esta Corte respecto del alcance de la franquicia estipulada en el contrato de seguro del transporte público de pasajeros".
¿Cómo votaron los jueces?
no se advierten en el texto analizado.
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Normas que cita
- Ley 26.361Defensa del consumidor
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
- Ley 24.240
Fallos que cita
- NietoCSJN · Fallos 334:988
- Martinez de Costa, Maria Ester c/ Vallejos, Hugo Manuel y otrosCSJN · 09/12/2009
- De Marco, Nicolás c/ Linea 71 SA y otroCSJN · 12/07/2011
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