JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Esquivel, Rosa Esther c/ Transportes Villa Ballester s/daños y perjuicios

La Corte Suprema revocó la sentencia de Cámara y admitió que la franquicia pactada en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado. En consecuencia, la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 136. XLIX. REX
Seguro de responsabilidad civil Franquicia Oponibilidad al tercero damnificado Citacion en garantia Accidente de transito Danos y perjuicios Transporte publico de pasajeros Recurso extraordinario Limites de la contratacion Ley 48.

¿Quién es el actor?

Rosa Esther Esquivel.

¿A quién se demanda?

Transportes Villa Ballester y otros; citada en garantía, Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la decisión apelada y admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Costas por su orden en el sentido de "con costas" (se imponen según lo indicado en el fallo).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal remite, por razones de brevedad, a los precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483), y a las causas "Obarrio" y "Gauna" (sentencias del 4 de marzo de 2008), cuyas consideraciones da por reproducidas, concluyendo que los agravios de la recurrente replican cuestiones sustancialmente análogas a las ya resueltas. Se deja constancia de que la jueza Argibay se remite a su disidencia en "Villarreal". La Procuradora General no fue requerida de dictamen por resultar inoficioso.

¿Cómo votaron los jueces?

la jueza Argibay se remitió a su disidencia en "Villarreal" (Fallos: 331:379), por lo que no adhirió a la solución de la mayoría.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 48arts. 16, segunda parte · Justicia nacional

Fallos que cita

  • NietoCSJN · Fallos 329:3054
  • VillarrealCSJN · Fallos 331:379
  • CuelloCSJN · Fallos 330:3483
  • Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
  • Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008

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