JurisprudenciaARG
Corte Suprema

DEL GIZZO MARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió reajuste de su prestación previsional de la ANSeS cuestionando el tope de 35 años de servicios para el cálculo de la prestación compensatoria previsto en el art. 24 de la ley 24.241. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario, revocó parcialmente la sentencia apelada, declaró la inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 y ordenó considerar la totalidad de los años aportados con anterioridad al SIJP.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 347. XL. ROR
Prestacion compensatoria Art. 24 ley 24.241 Tope de 35 anos Inconstitucionalidad Reajuste previsional Anses Sistema integrado de jubilaciones y pensiones Precedente barrios Remision a precedentes Seguridad social.

¿Quién es el actor?

Mario Del Gizzo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales; en particular, el cálculo de la Prestación Compensatoria (PC) con el tope de 35 años de aportes establecido por el art. 24 de la ley 24.241.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar parcialmente al recurso ordinario del actor, se revoca parcialmente la sentencia apelada, se declara la inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 con el alcance fijado en el precedente "Barrios" y se ordena a la ANSeS que, al calcular la prestación compensatoria, considere la totalidad de los años aportados por el actor con anterioridad a la entrada en vigencia del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en tal sentido, los agravios que se refieren al tope de 35 años para el cálculo de la Prestación Compensatoria (PC), previsto por el art. 24 de la ley 24.241, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en la causa B.1371.XLIII. 'Barrios, Idilio Anelio c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ reajustes varios', fallada el 21 de agosto de 2013, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad."

"Que, por remisión al precedente 'Wittall' (Fallos: 328:3097), este Tribunal, en lo pertinente, cumplido lo ordenado en dicha causa, corresponde resolver el planteo pendiente."

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 24 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Barrios, Idilio Anelio c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 21/08/2013
  • WittallCSJN · Fallos 328:3097

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