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Corte Suprema

ZARZYCKI ANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Los autos Zarzycki, Ana c/ ANSES y Mosquera, Julio Abel c/ ANSES versan sobre la extensión del criterio de movilidad del precedente Badaro a períodos posteriores a los examinados en dicha causa. La Corte Suprema revocó parcialmente las sentencias apeladas, con el alcance que surge del precedente Cirillo, al que remitió por razones de brevedad, y declaró inadmisibles los restantes planteos de la ANSeS.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Z. 43. XLVIII. REX
Movilidad jubilatoria Haberes previsionales Precedente badaro Precedente cirillo Reajuste previsional Anses Recurso extraordinario Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Seguridad social

¿Quién es el actor?

Ana Zarzycki (en la causa Z.43.XLVIII) y Julio Abel Mosquera (en la causa M.678.XLVIII).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales bajo el criterio de movilidad establecido en el precedente "Badaro" (Fallos: 329:3089 y 330:4866), extendido a períodos posteriores al examinado en dicha causa.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema revocó parcialmente las sentencias apeladas, con el alcance que surge del fallo "Cirillo" (Fallos: 332:1304), y declaró inadmisibles los restantes planteos de la ANSeS (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La cuestión que se plantea en autos, relacionada con la extensión del criterio de movilidad del precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866) a períodos posteriores al examinado en dicha causa, ha sido resuelta por el Tribunal en el antecedente 'Cirillo' (Fallos: 332:1304), a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"Que los restantes planteos de la ANSeS resultan inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

"Por ello, el Tribunal resuelve: revocar parcialmente las sentencias apeladas con el alcance que surge del fallo 'Cirillo' citado."

Normas que cita

Fallos que cita

  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • CirilloCSJN · Fallos 332:1304

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