HERRERA WASHINGTON ALFREDO C/ CLUB ATLETICO BANCO DE LA NACION ARGENTINA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (SUMARIO)
El árbitro de básquetbol Washington Alfredo Herrera demandó por daños y perjuicios a raíz de la agresión física que le propinó un jugador durante un partido, reclamando también a la entidad deportiva y a la aseguradora. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y condenó concurrentemente al Club Atlético Banco de la Nación Argentina, al considerar que el jugador agresor, formado y dirigido por la institución, actuó en ocasión de sus funciones deportivas (art. 1113 del Código Civil).
¿Quién es el actor?
Washington Alfredo Herrera, árbitro del partido.
A quién se demanda (Demandados): Christian Andrés González (agresor), Club Atlético Banco de la Nación Argentina, El Comercio Compañía de Seguros a Prima Fija S.A. (citada en garantía), Julio Omar González y Sonia Elena Amanda Kolup.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios sufridos a raíz de la agresión física ocurrida el 19/11/2005 durante un partido de básquetbol.
¿Qué se resolvió?
la Cámara modificó la sentencia apelada y condenó, en forma concurrente, al Club Atlético Banco de la Nación Argentina por los daños y perjuicios sufridos por el actor. Confirmó la sentencia en todo lo demás que fue motivo de agravio, esto es, el acogimiento de las defensas de la aseguradora, por considerar que el planteo introducido en la expresión de agravios era novedoso y no había sido sometido a decisión de primera instancia. Impuso las costas de ambas instancias a los demandados vencidos (arts. 68 y 274 CPCC).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Esta fuera de discusión que el 19/11/2005, aproximadamente a las 19:30 hs., se disputó un partido de Basquetbol entre los equipos Club Atlético Banco Nación y Club Sportivo Villa Ballester, en el cual el aquí actor, Washington Herrera, oficiaba de arbitro. Que luego de sancionar un foul con control de pelota 5ta. falta al jugador Christian González y mientras el árbitro Herrera señalizaba a la Mesa de Control la falta cometida, aquel, se acercó por la espalda y le propinó un golpe de puño en el rostro, provocando la pérdida de conocimiento, además de las lesiones acreditadas en la causa."
"En autos, esta acreditado que Christian González, si bien era jugador amateur, era entrenado y formado por el club demandado. Ello no está controvertido (v. fs. 42vta. y 44), de modo tal que, como integrante del equipo y miembro del club, al recibir instrucciones y directivas, estaba subordinado a esa institución. Además, los daños al árbitro fueron causados en ocasión de un partido enfrentando a otro club en un encuentro deportivo."
"En ese marco, entiendo que aun cuando la actitud del demandado González implique una desobediencia a las instrucciones dadas o a los reglamentos, el club debe responder porque el daño fue realizado con motivo del desempeño de su función como integrante del equipo (cf. art. 43 del Cód. Civ.)."
"En virtud de la solución que planteo, la naturaleza del proceso y el principio objetivo de la derrota que rige la materia, propongo que las costas de ambas instancias, sean impuestas íntegramente a los accionados (arts. 68 y 274 del C.P.C.C.)."
Respecto de la aseguradora: "el traslado de la excepción corrido a las partes a fs. 176, no fue respondido ni por la actora, ni por la entidad asegurada... al ser introducida novedosa y sorpresivamente en la expresión de agravios (art. 272 del C.P.C.C.), no cabe más que su desestimación."
PALABRAS CLAVE: responsabilidad civil; daños y perjuicios; árbitro de básquetbol; agresión física; responsabilidad del club por dependiente; art. 1113 Código Civil; dependencia civil; deporte amateur; citada en garantía; congruencia y expresión de agravios
9. TIPO DE PROCESO: RESPONSABILIDAD CIVIL
10. OTRAS SECCIONES:
ORGANISMO: Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial San Isidro, Sala Segunda
FECHA: 2026 (sentencia de Cámara posterior al 21/08/2026)
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Leyes que cita
- Ley 340Codigo civil
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