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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - BASILICO, PABLO ALBERTO Y OTROS c/ EJERCITO ARGENTINO Y OTRO s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el Estado Nacional (Ejército Argentino) y declaró admisible el recurso extraordinario en una causa contencioso administrativa iniciada por Pablo Alberto Basilico y otros. La Corte confirmó la solución de fondo fijada en los precedentes Salas y Zanotti, y revocó el pronunciamiento apelado en lo relativo a la tasa de interés.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FCR 081048814/2013/1/RH001
Recurso extraordinario Queja Contencioso administrativo Ejercito argentino Responsabilidad del estado Tasa de interes Precedente salas Precedente zanotti Precedente palmieri Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Pablo Alberto Basilico y otros.

¿A quién se demanda?

Ejército Argentino y otro (Estado Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo contencioso administrativo (el texto no detalla el objeto específico del reclamo indemnizatorio).

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia en cuanto a la cuestión de fondo, con el alcance fijado en los precedentes "Salas" (Fallos: 334:275) y "Zanotti" (Fallos: 335:430). Revocó el pronunciamiento apelado en lo que respecta a la tasa de interés, remitiendo a lo resuelto en "Palmieri, Leonardo Fabio c/ Estado Nacional s/ ordinario" (sentencia del 2 de octubre de 2012). Impuso las costas por su orden y eximió a la recurrente del depósito del art. 286 del CPCCN, diferido conforme la acordada 47/91.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios planteados por el recurrente respecto de la cuestión de fondo, encuentran adecuada respuesta en los precedentes de esta Corte 'Salas' (Fallos: 334: 275); 'Zanotti' (Fallos: 335:430), a los que cabe remitirse por razón de brevedad." "Que en lo que se refiere a la tasa de interés, corresponde remitir a lo resuelto por el Tribunal in re P.41.XLVII 'Palmieri, Leonardo Fabio c/ Estado Nacional s/ ordinario', sentencia del 2 de octubre de 2012."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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