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Corte Suprema

HABITAT I SOCIEDAD CIVIL c/ DUGHETTI, HUMBERTO ANTONIO s/DETERMINACION DE MONTOS

La Corte Suprema declaró la nulidad de la resolución del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja que concedió un recurso extraordinario federal, por carecer de fundamentación suficiente sobre la presencia de arbitrariedad. Ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte una nueva decisión sobre el punto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 003079/2015/CS001
Recurso extraordinario federal Arbitrariedad Fundamentacion del auto de concesion Tenencia precaria Restitucion de inmueble Nulidad Competencia de la corte suprema Derecho de defensa Cuestion federal Exceso en los limites del pronunciamiento

Actor/recurrente en la instancia provincial: la actora (parte que dedujo el recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja).

¿A quién se demanda?

Humberto Antonio Dughetti, quien dedujo el recurso extraordinario federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

restitución de un inmueble ocupado por tenencia precaria, y determinación de un monto por el uso de la vivienda durante el tiempo de la ocupación.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró la nulidad de la resolución de fs. 120/123 que había concedido el recurso extraordinario federal, y dispuso que el tribunal de origen dicte una nueva decisión sobre el punto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Conviene recordar sobre el punto que, si bien es cierto que es esta Corte exclusivamente la que debe decidir si existe o no configurado el supuesto invocado, esto no releva a los órganos judiciales de resolver circunstanciadamente si la apelación federal, prima facie valorada, cuenta con fundamentos suficientes para dar sustento a la invocación de un caso excepcional, como lo es el de la arbitrariedad."

"Los términos sumamente genéricos y escuetos del auto de concesión evidencian que la Corte de Justicia provincial no analizó circunstanciadamente ('con toda menudencia, sin omitir ninguna circunstancia o particularidad', según la definición de la Real Academia) la apelación federal para poder efectuar la valoración a que obliga la doctrina citada."

"En tales condiciones, la concesión del remedio federal no aparece debidamente fundada, por lo que debe ser declarada su nulidad al no dar satisfacción a los requisitos idóneos para la obtención de la finalidad a la que se hallaba destinada."

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

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