Cia Swift de La Plata s/quiebra (incidente de liq. de bienes planta Rio Gallegos)
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario interpuestos por el síndico de la quiebra de Compañía Swift de La Plata S.A.F., en el incidente de liquidación de bienes de la planta Río Gallegos. Dejó sin efecto la sentencia apelada por no haber atendido a la fecha de realización de los honorarios, que deben excluirse de la consolidación de deudas si son posteriores al 31 de diciembre de 2001.
Actor/recurrente: Contador Rogelio E. P. Montoto, síndico de la quiebra de Compañía Swift de La Plata S.A.F., con patrocinio de los Dres. Héctor Alegría y Carlos S. Odriozola.
Demandado/contraparte: DESCONOCIDO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidentes de liquidación de bienes (planta Río Gallegos) y de adjudicación, dentro de la quiebra de la sociedad; cuestión sobre honorarios profesionales y su régimen de consolidación.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo decidido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el Tribunal comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que corresponde remitir en razón de brevedad."
"Que en lo atinente a los honorarios originados en las tareas profesionales cumplidas en el incidente en cuyo marco se dictó la sentencia impugnada, debe atenderse a la fecha de su realización y excluirlos de la consolidación en la medida en que sean posteriores al 31 de diciembre de 2001 (art. 58, ley 25.725; Fallos: 331:1387; 327:2712)."
"Cabe recordar que en atención al carácter de orden público que revisten las normas que regulan el régimen de consolidación, su aplicación -aun de oficio- deviene inexcusable (art. 16 de la ley 23.982; CSJ 196/2014 (50-L)/CS1 'Lozano, Javier Pablo y otros c/ Jefatura de Gabinete de Ministros s/ otros reclamos', sentencia del 14 de julio de 2015; Fallos: 326:1632; 333:527, entre otros)."
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Normas que cita
- Ley 25.725art. 58 · Ley de presupuesto
- Ley 23.982art. 16 · Deuda publica
Fallos que cita
- Compañía Swift de La Plata S.A.F.CSJN · Fallos 331:1387
- Compañía Swift de La Plata S.A.F.CSJN · Fallos 327:2712
- Fallos 326:1632CSJN
- Fallos 333:527CSJN
- Lozano, Javier Pablo y otros c/ Jefatura de Gabinete de Ministros s/ otros reclamosCSJN · 14/07/2015
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