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Corte Suprema

Interpol s/pedido de extradición (Musi, Emiliano Nahuel)

La Corte Suprema confirmó la resolución del Juzgado Federal nº 3 de Mar del Plata que declaró procedente la extradición de Emiliano Nahuel Musi al Reino de España para ser sometido a proceso por delitos de revelación de secretos, estafa, apropiación indebida y extorsión. El Tribunal desestimó los agravios por tratarse de mera reiteración de planteos ya resueltos y por aplicación del tratado de extradición aprobado por ley 23.708.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
I. 51. XLIX. ROR
Extradicion Interpol Reino de espana Recurso ordinario de apelacion Tratado de extradicion Ley 23.708 Revelacion de secretos Estafa Extorsion Opcion de nacionalidad / juzgamiento en el pais.

Actor/Requirente: Reino de España (vía Interpol).

Demandado/Requerido: Emiliano Nahuel Musi.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Extradición del requerido al Reino de España para ser sometido a proceso por los delitos de revelación de secretos (apoderamiento de datos reservados de carácter personal y profesional registrados en soportes informáticos), estafa, apropiación indebida y extorsión.

¿Qué se resolvió?

La Corte confirmó la declaración de procedencia de la extradición dictada en primera instancia, en cuanto a los delitos en que se sustentó el pedido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El defensor del requerido interpuso recurso ordinario de apelación, pero los agravios constituyen mera reiteración de los planteos ya ventilados y considerados en el trámite de extradición, debidamente tratados por el a quo "de forma ajustada a derecho con sustento en jurisprudencia del Tribunal y el tratado aplicable que rige la entrega, aprobado por ley 23.708". La parte no se hizo cargo en esta instancia de tales razones. Asimismo, el Tribunal, en su actual composición, ya se había pronunciado en el sentido de lo resuelto respecto de la opción del nacional para ser juzgado en el país en el marco del tratado, citando el precedente "Campos" (Fallos: 331:2363, considerando 5°, segundo párrafo).

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan en el documento; la resolución figura como decisión del Tribunal.

Normas que cita

Fallos que cita

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