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Corte Suprema

VIE NELIDA FELISA c/ EMPRESA DE TTES MARIANO MORENO SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por la aseguradora citada en garantía en un reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con muerte. Revocó la sentencia apelada y admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, limitando la ejecución contra la aseguradora a los términos de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 071033/2010/CS001
Franquicia Contrato de seguro Oponibilidad al tercero damnificado Accidente de transito Responsabilidad civil Seguro obligatorio Limites de la contratacion Recurso extraordinario Aseguradora citada en garantia Danos y perjuicios.

¿Quién es el actor?

Nélida Felisa Vie.

¿A quién se demanda?

Empresa de Transportes Mariano Moreno S.A. y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (con resultado de muerte).

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la decisión apelada y admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado. En consecuencia, la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (art. 16, segundo párrafo, de la ley 17.418).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal remitió, por razón de brevedad, a las consideraciones de los precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y a las causas "Obarrio" y "Gauna" (sentencias del 4 de marzo de 2008), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Se hizo constar que resultaba inoficioso el dictamen de la Procuradora General.

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