JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Solaroli, Graciela Noemí s/causa nº 21641

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Graciela Noemí Solaroli, condenada a una medida de seguridad por inimputabilidad. Declaró la nulidad de todo lo actuado desde la apelación in pauperis, para garantizar a la imputada una efectiva y sustancial asistencia en la instancia recursiva.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 530. L. RHE
Inimputabilidad Medida de seguridad Internacion compulsiva Defensa in pauperis Nulidad Asistencia tecnica efectiva Recurso extraordinario Queja Abuso de armas Derecho de defensa

¿Quién es el actor?

Graciela Noemí Solaroli (imputada), asistida por el Dr. Mario Luis Coriolano, Defensor Oficial.

¿A quién se demanda?

Ministerio Público / Estado Provincial (proceso penal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso penal por el delito de abuso de armas.

¿Qué se resolvió?

Hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y declarar la nulidad de todo lo actuado a partir de la presentación de la apelación in pauperis contra la sentencia que la absolvió por inimputabilidad y le impuso una medida de seguridad consistente en internación compulsiva, a fin de garantizar una efectiva y sustancial asistencia en la instancia recursiva. Se ordenó notificar, agregar la queja principal y remitir las actuaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resultan aplicable al sub lite, mutatis mutandi, las consideraciones vertidas en 'Machuca' (Fallos: 329:2569); 'Palacios' (Fallos: 331:2520) y en 'R., M. J.' (Fallos: 331:211, especialmente considerando 13)." La resolución se fundó en remitir a la doctrina de los precedentes citados, que garantiza el derecho de defensa en la instancia recursiva de personas en situación de vulnerabilidad procesal.

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • MachucaCSJN · Fallos 329:2569
  • PalaciosCSJN · Fallos 331:2520
  • R., M. J.CSJN · Fallos 331:211

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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