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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 2 - AREVALOS ESMERI ARIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Provincia ART S.A. interpuso recursos extraordinarios contra sentencias que fijaron indemnizaciones por incapacidad laboral en un accidente de trabajo, cuestionando la aplicación de la ley 26.773. La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos, dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó dictar nuevos pronunciamientos conforme a su precedente Espósito, en el que resolvió la misma cuestión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 058576/2013/2/RH001
Ley 26.773 Riesgos del trabajo Accidente de trabajo Incapacidad laboral Indemnizacion Art Recurso extraordinario Queja Ley especial Esposito

¿Quién es el actor?

Ariel Arévalos Esmeri (y otros trabajadores accionantes en las causas acumuladas: Diego Martín Gallardo, Maximiliano Rojas y Darío Hipólito Roldán).

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A. (Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones por incapacidad laboral derivadas de accidentes de trabajo, regidas por la Ley de Riesgos del Trabajo (ley especial).

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias recurridas y devolvió las actuaciones a los tribunales de origen para que dicten nuevos pronunciamientos, aplicando el criterio fijado en la causa "Espósito, Dardo Luis c/ Provincia ART S.A. s/ accidente - ley especial" (CNT 18036/2011/1/RH1, fallo del 7 de junio de 2016). Se impusieron costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de las apelantes vinculados con la aplicación de la ley 26.773 a los efectos de fijar los montos resarcitorios por incapacidades laborales, encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Espósito'..., a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad." "En consecuencia, corresponde descalificar los fallos recurridos, lo que torna inoficioso el tratamiento de las demás cuestiones traídas a conocimiento del Tribunal." La decisión se fundó en remisión a precedente; no se desarrollan en este documento argumentos autónomos adicionales.

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