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Corte Suprema

ROJO ELSA PATRICIA c/ SARGENTO CABRAL S.A. DE TRANSPORTE (LINEA 182) Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Corte Suprema revocó la decisión apelada y admitió que la franquicia pactada en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación. El fallo remite a los precedentes Nieto, Villarreal, Cuello, Obarrio y Gauna por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 002114/2011/CS001
Franquicia Contrato de seguro Oponibilidad Tercero damnificado Citacion en garantia Accidente de transito Recurso extraordinario Ley 48 art. 16 Responsabilidad civil Limites de la contratacion.

¿Quién es el actor?

Elsa Patricia Rojo.

¿A quién se demanda?

Sargento Cabral S.A. de Transporte (Línea 182) y otro; la aseguradora Metropol Sociedad de Seguros, citada en garantía, interpuso el recurso extraordinario.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesiones o muerte.

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se estableció que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado; en consecuencia, la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (art. 16, segunda parte, ley 48). Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en los precedentes 'Nieto', 'Villarreal' y 'Cuello' (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y en las causas CSJ 166/2007 (43-O)/CS1 'Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros' y CSJ 327/2007 (43-G)/CS1 'Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro', sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas." La Corte no desarrolla fundamentos propios: su solución se apoya en la remisión a esa doctrina consolidada sobre la oponibilidad de la franquicia al tercero damnificado.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 16
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

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