ALVAREZ CLAUDIA LILIAN s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Una aseguradora de transporte público recurrió en forma extraordinaria una sentencia que la condenaba a responder sin límites frente a un tercero damnificado por un accidente de tránsito con muerte. La Corte Suprema revocó la decisión y admitió que la franquicia pactada en el contrato de seguro es oponible al damnificado, de modo que la condena sólo puede ejecutarse dentro de los límites de la contratación.
¿Quién es el actor?
Claudia Lilian Álvarez, por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con resultado de muerte.
¿A quién se demanda?
el transportista y su aseguradora, Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, citada en garantía.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios derivados del accidente de tránsito.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, por lo que la condena no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (art. 16, segunda parte, ley 26.361).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el fallo remite, por resultar sustancialmente análogas, a los precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y a las causas "Obarrio" y "Gauna", sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas. No se transcriben fundamentos adicionales en el texto disponible; el dictamen de la Procuradora General se consideró inoficioso.
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 16
- Ley 26.361
Fallos que cita
- NietoCSJN · Fallos 329:3054
- CuelloCSJN · Fallos 331:379
- VillarrealCSJN · Fallos 330:3483
- Obarrio, Maria Pia c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
- Gauna, Agustin y su acumulado c/ La Economia Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008
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