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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - ALMIRON EDUARDO IVAN c/ LA CAJA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO ART S.A s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Corte Suprema hizo lugar a los recursos extraordinarios deducidos por la aseguradora de riesgos del trabajo en un reclamo por accidente de trabajo regido por la ley especial. Dejó sin efecto las sentencias apeladas por aplicar incorrectamente la ley 26.773 para fijar los montos resarcitorios, remitiendo a los fundamentos del precedente Espósito.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 000387/2013/1/RH001
Accidente de trabajo Ley especial de riesgos del trabajo Ley 26.773 Incapacidad laboral Monto resarcitorio Aseguradora de riesgos del trabajo Recurso extraordinario Queja Esposito Reparacion integral

¿Quién es el actor?

Eduardo Iván Almirón (y, en una causa conexa, Rubén Oscar Herrera).

¿A quién se demanda?

La Caja Aseguradora de Riesgos del Trabajo ART S.A. (y, en la causa conexa, Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por accidente de trabajo, en el marco de la ley especial de riesgos del trabajo.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas, ordenando que vuelvan los autos a los tribunales de origen para que dicten nuevos pronunciamientos conforme a lo aquí decidido. Las costas se impusieron en el orden causado en los términos de la sentencia ("Con costas"), y se ordenó reintegrar los depósitos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación de la ley 26.773 a los efectos de fijar los montos resarcitorios por incapacidades laborales, encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Espósito' (Fallos: 339:781), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"En consecuencia, corresponde descalificar los fallos recurridos, lo que torna inoficioso el tratamiento de las demás cuestiones traídas a conocimiento del Tribunal."

El fallo es unánime en sus términos dispositivos; no se registran votos en disidencia.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 26.773Riesgos del trabajo

Fallos que cita

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