JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BOLLATI SEGURA, CARLOS GUILLERMO Y O,TROS C/ ENA- MINISTERIO DE DEFENSA, EJERCITO ARGENTINO

El Estado Nacional interpuso recursos extraordinarios contra sentencias que reconocieron a militares del Ejército Argentino el derecho a adicionales transitorios y a intereses sobre haberes. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos, dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó dictar nuevos fallos conforme a los precedentes Bovari de Díaz y Villegas, Osiris.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FMZ 023048972/2012/CS001
Recurso extraordinario Adicionales transitorios Haberes militares Ejercito argentino Decretos 1104/05 1095/06 871/07 1053/08 751/09 Tasa de interes Art. 280 cpccn bovari de diaz villegas Osiris

¿Quién es el actor?

Carlos Guillermo Bollati Segura y otros; Nelson Hernán Ceballes y otros; Jesús Antonio Vergara y otro.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (E.N.A. - Ministerio de Defensa - Ejército Argentino; Estado Mayor del Ejército Argentino).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de adicionales transitorios creados por el art. 50 de los decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 751/09, y de intereses sobre los montos reconocidos.

¿Qué se resolvió?

se declaran procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por la demandada, se dejan sin efecto las sentencias apeladas en el alcance indicado, sin costas por su orden, y se devuelven los autos para el dictado de nuevos fallos. Los agravios vinculados con los adicionales transitorios se resuelven remitiendo a los fundamentos de "Bovari de Díaz" y "Villegas, Osiris" (Fallos 323:1048 y 1061). Los cuestionamientos sobre la tasa de interés aplicable son declarados inadmisibles (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios expuestos por la demandada encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en las causas 'Bovari de Díaz' y 'Villegas, Osiris' (publicados en Fallos: 323:1048 y 1061, respectivamente), a cuyos fundamentos -en lo pertinente- corresponde remitir en razón de brevedad." "Que, en cambio, los cuestionamientos del Estado Nacional relativos a los adicionales transitorios creados por el art. 50 de los decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 751/09, y a la tasa de interés aplicable son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Bovari de DiazCSJN · Fallos 323:1048
  • Ceballes, Nelson Hernán y otros c/ E.N.A. - Estado Mayor del Ejército ArgentinoCSJN
  • Vergara, Jesús Antonio y otro c/ E.N.A. - Ejército ArgentinoCSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.