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Corte Suprema

REYNA MARINA DEL CARMEN c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ARTICULO 49 P4 LEY 24.241)

La Corte Suprema declaró procedente la queja y revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había admitido la apelación de la actora contra el dictamen de la Comisión Médica Central en un reclamo de retiro por invalidez. Aplicó el criterio fijado en la causa Sosa, Raúl y rechazó el recurso de apelación de la actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 161. L. RHE
Retiro por invalidez Articulo 49 punto 4 ley 24.241 Comision medica central Recurso de queja Recurso extraordinario Anses Seguridad social Sistema previsional Dictamen medico Fallos 340:2021

¿Quién es el actor?

Marina del Carmen Reyna.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

retiro por invalidez previsto en el artículo 49, punto 4, de la ley 24.241, en cuestionamiento del dictamen de la Comisión Médica Central.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se rechazó el recurso de apelación de la actora respecto del dictamen de la Comisión Médica Central. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostiene que la cuestión resulta "sustancialmente análoga a la resuelta por el Tribunal en la causa 'Sosa, Raúl' (Fallos: 340:2021), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razón de brevedad." La jueza Highton de Nolasco se remite a su voto en ese precedente. Cabe aclarar que el voto del ministro Rosatti que se transcribe a continuación es en disidencia, remitiéndose a su disidencia en la causa "Rapisardi" (CSJ 513/2014), y que la decisión de la mayoría es la que se refleja en la parte resolutiva.

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 49 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

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