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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - Recurso Queja Nº 17 - IMPUTADO: LEDESMA, JUAN MANUEL s/INFRACCION LEY 23.737

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal en la causa por infracción a la ley 23.737, por resultar análoga al precedente Aráoz. Ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a esa doctrina.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CFP 005391/2013/TO01/17/1/RH003
Infraccion ley 23.737 Recurso de queja Recurso extraordinario Corte suprema Doctrina araoz Estupefacientes Recurso de hecho Sentencia dejada sin efecto Camara federal de casacion penal Devolucion.

¿Quién es el actor?

Juan Manuel Ledesma (recurrente, defensa).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional / Ministerio Público (proceso penal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal en causa por infracción a la ley 23.737.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, con devolución para nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión planteada en la presente causa resulta sustancialmente análoga, en lo pertinente, a la examinada y resuelta el 17 de mayo de 2011 por el Tribunal en el precedente CSJ 941/2009 (45-A)/CS1 'Aráoz, Héctor José s/ causa no 10.410', a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Por ello se desestima la queja e intima al pago del depósito del art. 286 CPCCN.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 23.737Modificacion al codigo penal
  • CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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