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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - MOLINA, MARIO NERIO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Corte Suprema declaró procedente la queja de la ANSeS en un reclamo de retiro por invalidez, revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social y rechazó el recurso de apelación de la parte actora contra el dictamen de la Comisión Médica Central. La decisión se fundó en remisión a los precedentes Sosa, Raúl y Rapisardi.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 026259/2011/1/RH001
Retiro por invalidez Ley 24.241 Comision medica central Anses Recurso de queja Recurso extraordinario Seguridad social Dictamen medico Art. 16 ley 48 Precedente sosa.

¿Quién es el actor?

Mario Nerio Molina.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

retiro por invalidez (art. 49 inc. 2.4, ley 24.241).

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente la queja, revocó la sentencia apelada y rechazó el recurso de apelación del actor respecto del dictamen de la Comisión Médica Central. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión que se suscita en la presente causa resulta sustancialmente análoga a la resuelta por el Tribunal en el precedente 'Sosa, Raúl' (Fallos: 340:2021), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razón de brevedad."

"La jueza Highton de Nolasco se remite a su voto en el citado fallo."

"El juez Rosatti se remite a su disidencia en la causa 'Rapisardi' (Fallos: 341:961)."

"Por ello, por mayoría, se declara procedente la queja... se revoca la sentencia apelada y, en uso de las atribuciones conferidas por el art. 16, segunda parte, de la ley 48, se rechaza el recurso de apelación deducido por la parte actora respecto del dictamen de la Comisión Médica Central. Costas por su orden atento a la naturaleza de la cuestión debatida."

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 49 inc. 2.4 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 48

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