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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - BALVIDARES, CLAUDIO NESTOR c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Galeno ART contra la sentencia de la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en un reclamo por accidente de trabajo. El Tribunal dejó sin efecto el fallo apelado por remisión a los precedentes Espósito y Páez Alfonzo sobre la aplicación de la ley 26.773 a las incapacidades laborales y a los accidentes in itinere.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 076353/2014/1/RH001
Accidente de trabajo Ley 26.773 Ley de riesgos del trabajo Incapacidad laboral Montos resarcitorios Accidente in itinere Recurso extraordinario Recurso de queja Galeno art Descalificacion de sentencia.

¿Quién es el actor?

Claudio Néstor Balvidares.

¿A quién se demanda?

Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (Galeno ART S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por accidente de trabajo regido por la ley especial (Ley de Riesgos del Trabajo), en lo referido a la fijación de los montos resarcitorios por incapacidad laboral.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas en el orden causado, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. El Dr. Rosatti votó en disidencia, desestimando la presentación directa por remisión a su propia disidencia en "Páez Alfonzo", y dio por perdido el depósito de fs. 55.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación de la ley 26.773 a los efectos de fijar los montos resarcitorios por incapacidades laborales, encuentran adecuada respuesta en los pronunciamientos dictados por esta Corte en la causa 'Espósito' (Fallos: 339:781) a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad."

"Que, por otra parte, los agravios relativos a la aplicación del art. 3° de la ley 26.773 a los supuestos de accidentes in itinere, remiten al examen de una cuestión análoga a la debatida y resuelta por el Tribunal en la causa 'Páez Alfonzo, Matilde y otro' (Fallos: 341:1268), a la que cabe remitir a fin de evitar repeticiones innecesarias."

"En consecuencia, corresponde descalificar el fallo recurrido, con el alcance indicado."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que la cuestión de fondo que se debate en autos, relacionada con el alcance e interpretación de la ley 26.773 y su reglamentación a los efectos de fijar los montos resarcitorios por incapacidades laborales, ha sido resuelta en contra de las pretensiones de la recurrente en la causa 'Páez Alfonzo, Matilde y otro' (Fallos: 341:1268), disidencia del juez Rosatti, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."

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