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Corte Suprema

Legajo Nº 64 - QUERELLANTE: SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS Y OTRO PROCESADO: ROLDAN , WALDO CARMEN s/LEGAJO DE APELACION

El recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Waldo Carmen Roldán contra la decisión de la Sala II de la Cámara Criminal y Correccional Federal fue declarado admisible por la mayoría de la Corte Suprema. El Tribunal confirmó la decisión recurrida por remisión a los fundamentos de la causa Hidalgo Garzón.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CFP 016307/2006/64/CS001
Recurso extraordinario Lesa humanidad Remision a precedente Hidalgo garzon Admisibilidad Confirmacion Legajo de apelacion Camara criminal y correccional federal Crimenes contra la humanidad Corte suprema.

Actor/Recurrente: Waldo Carmen Roldán, representado por el Dr. Edgar Emilio Schiavone.

Demandado/Contraparte: Ministerio Público Fiscal (Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad), con intervención del Centro de Estudios Legales y Sociales.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Legajo de apelación en causa vinculada a crímenes de lesa humanidad, tramitada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 4.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declaró admisible el recurso extraordinario y se confirmó la decisión recurrida, aplicando mutatis mutandis lo resuelto en "Hidalgo Garzón" (Fallos: 341:1768). El voto del Dr. Rosenkrantz, en disidencia parcial, propuso revocar la decisión con el alcance indicado en ese precedente; esa propuesta quedó en minoría. El voto del Dr. Lorenzetti propuso declarar inadmisible el recurso, también en minoría.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que al caso resulta aplicable, mutatis mutandis, lo resuelto por el Tribunal en la causa 'Hidalgo Garzón' (Fallos: 341:1768, votos concurrentes de los infrascriptos) a cuyos términos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad." (considerando único de la mayoría). El fallo no desarrolla argumentos propios; su fundamento es la remisión al precedente citado.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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