Recurso Queja Nº 2 - BUGALLO ROSANA Y OTRO c/ LA PRIMERA DE GRAND BOURG SAT Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Corte Suprema admitió la queja interpuesta por la aseguradora citada en garantía y revocó la sentencia de la Cámara Civil. Resolvió que la franquicia pactada en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, por lo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.
¿Quién es el actor?
Rosana Bugallo y otro.
¿A quién se demanda?
La Primera de Grand Bourg SAT y otros; la aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros fue citada en garantía.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (lesiones o muerte).
¿Qué se resolvió?
Se declaró procedente la queja, se revocó la decisión apelada y se admitió que la franquicia del contrato de seguro es oponible al tercero damnificado. La sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (art. 16, segunda parte, ley 48). Costas por su orden en lo que corresponde al decisorio, con imposición según lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en los precedentes 'Nieto', 'Villarreal' y 'Cuello' (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y en las causas CSJ 166/2007 (43-O)/CS1 'Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros' y CSJ 327/2007 (43-G)/CS1 'Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro', sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas."
"El juez Rosenkrantz se remite a su disidencia en la causa CIV 59987/2003/1/RH1 'Guevara Sanguinetti, Belga Raquel y otro c/ Arrúa, María Clara y otros s/ daños y perjuicios (acc. trán. c/ les. o muerte)', sentencia del 19 de febrero de 2019."
Por remisión a los precedentes citados, la franquicia pactada en el seguro obligatorio de transporte de pasajeros es oponible al tercero damnificado, de modo que la aseguradora responde únicamente dentro de los límites de la contratación.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 48Justicia nacional
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.