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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - BRUNO, JULIAN c/ ESTANCIA LA JOSEFINA S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

La Corte Suprema hizo lugar parcialmente a la queja por denegatoria de un recurso extraordinario deducido por Galeno ART en un reclamo por accidente de trabajo, y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en lo referido al monto del adicional de pago único, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento. Los restantes agravios fueron declarados inadmisibles.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 052359/2014/1/RH001
Riesgos del trabajo Accidente de trabajo Adicional de pago unico Ley 24.557 art. 11 apartado 4 inciso b Monto resarcitorio Recurso extraordinario Queja Inadmisibilidad art. 280 cpccn Galeno art Secretaria de la seguridad social.

¿Quién es el actor?

Julián Bruno.

¿A quién se demanda?

Estancia La Josefina S.A. y Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación por accidente de trabajo (acción civil), con reclamo de indemnización y del adicional de pago único previsto en el artículo 11, apartado 4, inciso b, de la Ley de Riesgos del Trabajo.

¿Qué se resolvió?

la mayoría de la Corte hizo lugar a la queja, declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada en lo referido al monto resarcitorio del adicional de pago único (aplicación de la resolución de la Secretaría de la Seguridad Social), con remisión a los fundamentos de "Aiello, Roberto Alfredo" (Fallos: 342:1450). Los demás agravios fueron declarados inadmisibles (art. 280 del CPCCN). Costas por su orden. Las actuaciones vuelven al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los cuestionamientos de la apelante vinculados con la resolución de la Secretaría de la Seguridad Social aplicable a los efectos de fijar el monto resarcitorio del adicional de pago único previsto en el artículo 11, apartado 4, inciso b de la Ley de Riesgos del Trabajo, encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Aiello, Roberto Alfredo' (Fallos: 342:1450), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad." "Que respecto de los demás agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." "En consecuencia, corresponde descalificar parcialmente el fallo recurrido, con el alcance indicado."

¿Cómo votaron los jueces?

el Dr. Horacio Rosatti consideró que el recurso extraordinario es inadmisible y propuso desestimar la queja y dar por perdido el depósito de fs. 40.

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