JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - RODRIGUEZ, JONATAN ELIAS c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Corte Suprema declaró procedente la queja y revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había admitido el reclamo de retiro por invalidez de Rodríguez contra ANSeS. Por mayoría, rechazó el recurso de apelación del actor respecto del dictamen de la Comisión Médica Central, remitiéndose al precedente Sosa, Raúl (Fallos: 340:2021).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 019454/2017/1/RH001
Retiro por invalidez Art. 49 pto. 4 ley 24.241 Comision medica central Recurso de queja Recurso extraordinario Revocacion Anses Seguridad social Precedente sosa Costas por su orden.

¿Quién es el actor?

Jonatan Elías Rodríguez.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

retiro por invalidez previsto en el art. 49 pto. 4 de la ley 24.241.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se rechazó el recurso de apelación deducido por la parte actora respecto del dictamen de la Comisión Médica Central. Las costas se impusieron por su orden, atento a la naturaleza de la cuestión debatida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión que se suscita en la presente causa resulta sustancialmente análoga a la resuelta por el Tribunal en el precedente 'Sosa, Raúl' (Fallos: 340:2021), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razón de brevedad."

"La jueza Highton de Nolasco se remite a su voto en el citado fallo."

"El juez Rosatti se remite a su disidencia en la causa 'Rapisardi' (Fallos: 341:961)."

Nota: la remisión del juez Rosatti a su disidencia implica que, en este punto, su postura no integra la mayoría que resolvió el caso.

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 49 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.