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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 3 - AGUAS CORDOBESAS SA c/ AFIP s/AMPARO LEY 16.986

Aguas Cordobesas S.A. reclamó contra la AFIP mediante amparo ley 16.986 en un caso sustancialmente análogo al de la causa Indacor S.A. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo decidido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FCB 023380/2014/3/RH002
Amparo ley 16.986 Recurso extraordinario Recurso de queja Afip Direccion general impositiva Remision a precedente Indacor s.a. Revocacion de sentencia Corte suprema de justicia de la nacion Costas

Actor (demandante): Aguas Cordobesas S.A.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP - Dirección General Impositiva).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo previsto en la ley 16.986 contra la AFIP. El texto del fallo no detalla el acto impugnado ni el monto reclamado.

¿Qué se resolvió?

Hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario federal y revocar la sentencia apelada, con costas por su orden de imposición (art. 68 CPCCN), eximiendo a la recurrente del depósito del art. 286 CPCCN, y devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las examinadas en la causa FCB 25290/2014/2/RH1 'Indacor S.A. c/ AFIP s/ amparo ley 16.986', sentencia del 2 de julio del corriente año, a cuyas conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

"Que el juez Rosatti suscribe la presente en la localidad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en virtud de las medidas de aislamiento social preventivas dispuestas por las autoridades nacionales."

La decisión se fundó en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, al cual la Corte adhirió expresamente.

No se transcriben fundamentos sustantivos propios: la resolución remite por brevedad a los fundamentos de Indacor S.A.

Normas que cita

  • Ley 16.986Amparo
  • Ley 25.290Convencion s/derecho del mar o.n.u.
  • CPCCNarts. 68, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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