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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 2 - MEAOLO, MAGDALENA IRENE c/ MICROOMNIBUS SAAVEDRA S.A.T.A.C.I. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La aseguradora citada en garantía cuestionó la oponibilidad de la franquicia pactada en el contrato de seguro frente al tercero damnificado en un accidente de tránsito. La Corte Suprema declaró procedente la queja, revocó la decisión apelada y admitió que la franquicia es oponible al damnificado, de modo que la condena no podrá ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites del contrato.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 024392/2016/2/RH001
Franquicia Seguro obligatorio Oponibilidad al tercero damnificado Citada en garantia Limites de la contratacion Accidente de transito Danos y perjuicios Recurso de queja Recurso extraordinario Art. 16 ley 48

¿Quién es el actor?

Magdalena Irene Meaolo (tercera damnificada en accidente de tránsito).

¿A quién se demanda?

Micrómnibus Saavedra S.A.T.A.C.I. y otro; la citada en garantía es Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesiones o muerte.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente la queja, se admitió formalmente el recurso extraordinario y se revocó la decisión apelada. Se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (art. 16, segunda parte, ley 48). Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite, por razones de brevedad, a las consideraciones de los precedentes "Nieto", "Villarreal", "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y a las causas "Obarrio" y "Gauna" (sentencias del 4 de marzo de 2008), y el juez Rosenkrantz se remite a su voto en "Díaz" (Fallos: 341:648). No se transcriben fundamentos textuales adicionales en el documento.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 16
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

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