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Corte Suprema

ORIETA, MARIA EVA c/ M JUSTICIA Y DDHH s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por una beneficiaria de la ley 24.043 y revocó la sentencia apelada. Declaró la inconstitucionalidad del art. 1°, inc. b, de la resolución 670-E/2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ordenando liquidar el beneficio conforme al art. 4° de la ley 24.043.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 032516/2019/CS001
Ley 24.043 Indemnizacion Privacion de libertad Regimen de facto Inconstitucionalidad Resolucion 670-e/2016 Recurso extraordinario Precedente fernandez Liquidacion de beneficio Reparacion

¿Quién es el actor?

María Eva Orieta, representada por la Dra. Myriam Carsen.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización prevista en la ley 24.043 (art. 3), beneficio para personas que estuvieron privadas de su libertad a disposición del Poder Ejecutivo Nacional durante el régimen de facto.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, declaró la inconstitucionalidad del art. 1°, inc. b, de la resolución 670-E/2016 y dispuso que la liquidación del beneficio se practique de la manera prevista en el art. 4° de la ley 24.043. Sin costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remitió a los fundamentos de la causa "Fernández, María Cristina" (Fallos: 342:1632), por resultar las cuestiones planteadas sustancialmente análogas. El texto de la sentencia no transcribe argumentación propia adicional, por lo que los fundamentos concretos se encuentran en el precedente citado. Como cita textual de la sentencia: "Que las cuestiones planteadas por la recurrente resultan sustancialmente análogas a las consideradas y decididas por esta Corte en la causa 'Fernández, María Cristina' (Fallos: 342:1632), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razones de brevedad."

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