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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - BERECIARTUA, JORGE LUIS Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Personal de la Gendarmería Nacional y sus derechos previsionales y de haberes reclamaron contra el Estado Nacional en el marco de una causa de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Corte Suprema, por remisión a precedentes análogos (Grandoli y Camejo), hizo lugar a las quejas, declaró admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 081287/2016/1/RH001
Gendarmeria nacional Personal militar y civil Fuerzas armadas y de seguridad Recurso extraordinario Queja Remision a precedentes Grandoli Camejo Estado nacional Acordada 47/91.

¿Quién es el actor?

Jorge Luis Bereciartua y otros (en esta causa líder de un conjunto de más de cincuenta expedientes acumulados, todos del mismo tipo, promovidos contra el Estado Nacional, Ministerio de Seguridad y Gendarmería Nacional).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (EN - M Defensa / M Seguridad - GN).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos del personal de Gendarmería Nacional en materia de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (el fallo no detalla el objeto puntual de cada reclamo).

¿Qué se resolvió?

la Corte, por unanimidad, hizo lugar a las quejas interpuestas por la demandada, declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, con costas. Se eximió a la recurrente de integrar los depósitos, diferidos conforme la acordada 47/91.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo es breve y se remite a la causa "Grandoli, Marcelo Fabián y otros c/ EN –M Seguridad- GN s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg." (sentencia del 17 de junio de 2021), por considerar que las cuestiones planteadas guardan "sustancial analogía" con las allí resueltas. El juez Rosenkrantz remite a su voto en "Camejo, Ricardo Esteban" (Fallos: 344:1388). No se transcriben argumentos propios de este pronunciamiento; los fundamentos sustantivos deben buscarse en los precedentes citados.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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