JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GARRIDO DANIEL ABEL Y OTROS c/ PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Miembros del personal de Prefectura Naval Argentina y de otras fuerzas de seguridad reclamaron el reconocimiento de derechos previsionales y de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios, pero los desestimó en lo sustancial por remisión al precedente Camejo y confirmó las sentencias apeladas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 049281/2015/CS001
Recurso extraordinario Prefectura naval argentina Personal militar y civil de las ffaa y de seguridad Remision a precedente Camejo Art. 280 cpccn Confirmacion de sentencia Seguridad social Fuerzas de seguridad Corte suprema

¿Quién es el actor?

Daniel Abel Garrido y otros (causa conexa con Félix Mieres y Carlos Alberto Maineri).

¿A quién se demanda?

Prefectura Naval Argentina y el Ministerio de Seguridad.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (reclamos previsionales/de personal de las fuerzas de seguridad).

¿Qué se resolvió?

se confirmaron las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, por remisión al precedente "Camejo" (Fallos: 344:1388), con costas. El recurso fue desestimado en cuanto al restante cuestionamiento (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones debatidas y planteadas en autos guardan sustancial analogía con las resueltas por esta Corte en 'Camejo' (Fallos: 344:1388), a la que corresponde remitir por razones de brevedad." "El juez Rosenkrantz remite a su voto en la causa mencionada." "En lo que se refiere al restante cuestionamiento los recursos extraordinarios se desestiman (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Los fundamentos sustanciales se encuentran en el precedente citado, al que la sentencia remite.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.