JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - CANDELLERO, ADRIANA ESTER c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente la queja de la ANSeS y revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había admitido el reclamo de una beneficiaria por retiro por invalidez. Rechazó el recurso de apelación de la actora contra el dictamen de la Comisión Médica Central, remitiendo a los fundamentos del precedente Sosa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 116409/2017/1/RH001
Retiro por invalidez Ley 24.241 Art. 49 inc. 4 Comision medica central Recurso de queja Recurso extraordinario Seguridad social Anses Cuestion sustancialmente analoga Precedente sosa.

¿Quién es el actor?

Adriana Ester Candellero.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

retiro por invalidez previsto en el art. 49 inc. 4 de la ley 24.241.

¿Qué se resolvió?

se revocó la sentencia apelada y se rechazó el recurso de apelación de la parte actora respecto del dictamen de la Comisión Médica Central. Las costas se impusieron por su orden, atento a la naturaleza de la cuestión debatida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal sostuvo que la cuestión resulta sustancialmente análoga a la resuelta en "Sosa, Raúl" (Fallos: 340:2021), a cuyos fundamentos y conclusiones remite por razón de brevedad. La jueza Highton de Nolasco se remite a su voto en dicho precedente, y el juez Rosatti se remite a su disidencia en "Rapisardi" (Fallos: 341:961).

Nota: el texto no transcribe fundamentos propios de la mayoría; la decisión descansa en la remisión a precedentes.

Leyes que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.