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Corte Suprema

SANTANDER HECTOR JUAN c/ M° DE JUSTICIA Y D.D.H.H. s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Un agente del Servicio Penitenciario Federal reclamó, en el marco de su carrera militar y civil, un beneficio previsional y de personal ante la Seguridad Social. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario del Estado Nacional, dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento remitiendo a lo resuelto en el precedente Boffino (2010).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 028330/2007/CS001
Recurso extraordinario Servicio penitenciario federal Personal militar y civil Seguridad social Precedente boffino Remision a precedente Sentencia dejada sin efecto Nuevo pronunciamiento Estado nacional Camara federal de la seguridad social

¿Quién es el actor?

Héctor Juan Santander.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Estado Nacional – Servicio Penitenciario Federal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo comprendido en el régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (personal del Servicio Penitenciario Federal).

¿Qué se resolvió?

se declara procedente el recurso extraordinario deducido por la demandada, se deja sin efecto la sentencia apelada y se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo aquí decidido. Costas por su orden en los términos de la parte resolutiva ("con costas").

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los planteos de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por este Tribunal en la causa CSJ 692/2008 (44-B)/CS1 'Boffino, Gustavo Oscar Patricio y otro c/ E.N. – M° Justicia – SPF s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', sentencia del 2 de marzo de 2010, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad."

La Corte no desarrolla argumentos propios: la solución se funda por remisión al precedente "Boffino", con el que el caso comparte cuestiones sustancialmente análogas.

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