WEIYUAN, YANG c/ DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES s/RECURSO DIRECTO EN LOS TERMINOS DE LA LEY DE POLITICA MIGRATORIA ARGENTINA - LEY 25871
La Corte Suprema declaró parcialmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por un ciudadano chino contra la Dirección Nacional de Migraciones y confirmó la sentencia que había sostenido la aplicación del artículo 29, inciso i, de la ley 25.871 como causal impediente de ingreso y permanencia. Remitió en lo sustancial a lo resuelto en la causa Huang, Qiuming, y declaró inadmisibles los demás agravios por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
¿Quién es el actor?
Weiyuan, Yang (ciudadano extranjero, de nacionalidad china), con representación de la Dra. Paula Karina Urciuoli.
¿A quién se demanda?
Dirección Nacional de Migraciones (Estado Nacional), representado por la Dra. Natalia E. Brun.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso directo en los términos de la Ley de Política Migratoria Argentina, ley 25.871, contra la decisión administrativa de la DNM que aplicó el artículo 29, inciso i, de dicha ley como causal impediente del ingreso y permanencia en el territorio nacional.
Instancias previas: Juzgado Federal de Mar del Plata n° 2 y Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró parcialmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas. La solución se apoya en remitir a lo decidido en "Huang, Qiuming c/ EN - DNM s/ recurso directo DNM" (CAF 89674/2017/CA1-CS1, sentencia del 7 de diciembre de 2021), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Los restantes planteos fueron declarados inadmisibles conforme al artículo 280 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios referentes a la configuración del supuesto previsto en el art. 29, inc. i, de la ley 25.871 como causal impediente del ingreso y permanencia de extranjeros en territorio nacional remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa CAF 89674/2017/CA1–CS1 'Huang, Qiuming c/ EN - DNM s/ recurso directo DNM', sentencia del 7 de diciembre de 2021, a la que cabe remitir en razón de brevedad."
"Que los restantes planteos formulados por el recurrente resultan inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
No hubo votos en disidencia; el fallo es unánime y breve, sin desarrollo argumental propio.
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Leyes que cita
- Ley 25.871Migraciones
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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