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Corte Suprema

HUANG, QIUMING c/ EN - DNM s/RECURSO DIRECTO DNM

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara que había anulado la disposición de la Dirección Nacional de Migraciones que declaró irregular la permanencia de un ciudadano chino, ordenó su expulsión y le prohibió reingresar por cinco años. La Corte sostuvo que el art. 61 de la Ley de Migraciones sólo alcanza a irregularidades de permanencia y no a los casos en que el ingreso fue irregular, por lo que la autoridad migratoria actuó conforme a la ley 25.871.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 089674/2017/CS001
Migracion irregular Ingreso irregular Expulsion de extranjeros Ley 25.871 Direccion nacional de migraciones Impedimento de ingreso y permanencia Residencia temporaria Recurso extraordinario Control migratorio Ciudadano extranjero

Actor (recurrente en sede judicial): Huang Qiuming, de nacionalidad china.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Dirección Nacional de Migraciones (DNM).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso directo contra la disposición SDX 149073/16 y sus confirmatorias, que declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por cinco años.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario interpuesto por la DNM y revocó la sentencia de la Cámara, que había decretado la nulidad de los actos impugnados y ordenado a la autoridad migratoria dictar un nuevo acto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es preciso señalar que, según surge del acta de declaración migratoria del 2 de mayo de 2016, Huang Quiming ingresó al país de manera irregular en marzo de ese año, circunstancia que fue reconocida por el propio migrante que interpuso el recurso judicial ante primera instancia (confr. fs. 19 vta.). En razón de ello, la Dirección Nacional de Migraciones tuvo por configurado el supuesto previsto por el art. 29, inc. i, de la ley 25.871, como causal impediente de ingreso y permanencia de extranjeros en el territorio nacional..."

"...la decisión de la autoridad migratoria que en autos se impugna no hizo más que ajustarse a las previsiones establecidas en los preceptos transcriptos por lo que desde esta perspectiva no resulta pasible de objeción alguna."

Sobre el art. 61 de la Ley de Migraciones: "es evidente que dicho precepto solo alcanza a los casos en que se verifique una irregularidad en la 'permanencia' de un extranjero en el país, excluyendo supuestos, como el que aquí se examina, en el que la irregularidad se planteó en el momento del ingreso al territorio nacional."

Sobre el art. 23 in fine de la ley 25.871: "el otorgamiento de la 'residencia temporaria' presupone la inexistencia de los impedimentos contemplados en el ya citado art. 29, circunstancia que claramente no concurre en el caso del señor Huang Quiming."

No hubo disidencias: la decisión fue unánime.

Leyes que cita

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