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Corte Suprema

ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ BANCO MACRO S.A. Y OTROS s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

La Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores (ADUC) pidió el beneficio de litigar sin gastos en una demanda contra el Banco Macro y otros. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, por remisión a los fundamentos de la causa ADDUC y otros (Fallos 344:2835).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
COM 009217/2016/CS001
Beneficio de litigar sin gastos Defensa de usuarios y consumidores Recurso extraordinario Banco macro Aduc Costas Remision a precedente Fallos 344:2835 Relacion de consumo Entidades bancarias

¿Quién es el actor?

Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores (ADUC).

¿A quién se demanda?

Banco Macro S.A. y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Beneficio de litigar sin gastos en el marco de una demanda de defensa de usuarios y consumidores contra entidades bancarias.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Banco Macro y confirmó la sentencia apelada, imponiendo las costas de esta instancia a la demandada vencida. La decisión se fundó en que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las resueltas en la causa "ADDUC y otros" (Fallos 344:2835), a cuyos fundamentos y conclusiones remite "en lo pertinente, en razón de brevedad".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en el sub lite, resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas por esta Corte en la causa 'ADDUC y otros' (Fallos 344:2835), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir -en lo pertinente- en razón de brevedad."

"Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario, y se confirma la sentencia apelada. Con costas de esta instancia a la demandada vencida (artículo 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

No se registran votos en disidencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • ADDUC y otrosCSJN · Fallos 344:2835

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