ROSSELOT JUAN MARCELO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS en un reajuste previsional y revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241, aplicando el criterio del precedente Dieguez. Los planteos vinculados con el RIPTE y el ISBIC fueron declarados inadmisibles.
¿Quién es el actor?
Juan Marcelo Rosselot.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de haber previsional.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario, se revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241 conforme al precedente "Dieguez", y las costas se impusieron por su orden. Los agravios sobre la utilización del RIPTE y del ISBIC fueron declarados inadmisibles (art. 280 CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios del examen de las cuestiones suscitan planteos sustancialmente análogos a las resueltas por el Tribunal en el precedente 'Dieguez' (Fallos: 338:1009), a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
"Que los restantes planteos vinculados con la utilización del índice Promedio de Remuneración Imponible de los Trabajadores Estables (RIPTE) que mide la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
"El juez Rosenkrantz, en lo pertinente, remite a su disidencia en la causa 'Blanco' (Fallos: 341:1924)."
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Normas que cita
- Ley 24.241art. 25 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Constitución Nacional
- Ley 17.454
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