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Corte Suprema

FERNANDEZ EDUARDO JORGE c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por jubilados y pensionados de la Policía Federal contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. Confirmó las sentencias apeladas remitiéndose a los fundamentos del precedente Di Nanno, Camilo (Fallos: 345:702).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 155344/2018/CS001
Caja de retiros policia federal Jubilaciones Pensiones Personal militar y civil Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Recurso extraordinario Confirmacion Precedente di nanno Prevision social.

¿Quién es el actor?

Eduardo Jorge Fernández, Ramona Beatriz Andrada, Miguel Ángel Pafundi y otros, Ángel Adán Maciel y otros, Dolores Clementina Fernández y otros, Miguel Ángel Hay y otros, Héctor Hugo Romero y otros, Eduardo Horacio Manes y otros, Mirta Erica Venegoni y otros, Alberto Ortiz y otro, Víctor Eduardo Brandalise y otros, Huilde River Balbi, Melchor Miguel Rodríguez y otro, Enrique Abelardo Lobos y otros, Alfredo Luis Bargas y otros, Laura Valentina Corbera y otros, Arcadio Eduardo González, Héctor Roque Escalante, Ramón Adolfo Gatti y otros, Marcelo Fabián Contreras.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos previsionales de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (causas agrupadas por cuestiones idénticas).

¿Qué se resolvió?

se declararon formalmente admisibles los recursos extraordinarios y se confirmaron las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances del precedente "Di Nanno", con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte sostiene que "las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por esta Corte en la causa 'Di Nanno, Camilo' (Fallos: 345:702), a la que corresponde remitir por razones de brevedad". El juez Rosenkrantz se remite a su voto en dicho precedente. El documento no contiene una transcripción de los argumentos de fondo, por lo que no se reproducen fundamentos adicionales.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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