JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PORTILLO NESTOR ADOLFO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Varios jubilados y pensionados de la Policía Federal reclamaron el reajuste de sus haberes previsionales contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos del precedente Di Nanno.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 069011/2019/CS001
Recurso extraordinario Caja de retiros Jubilaciones y pensiones de la policia federal Haberes previsionales Reajuste jubilatorio Personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridad Remision a precedente di nanno Confirmacion de sentencias Seguridad social Costas.

¿Quién es el actor?

Néstor Adolfo Portillo y otros (conjunto de jubilados y pensionados de la Policía Federal Argentina; las restantes causas acumuladas involucran a idénticos reclamantes).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, en el marco del régimen de la Caja.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances del precedente "Di Nanno" (Fallos: 345:702), al que remitió por razones de brevedad. El juez Rosenkrantz remitió a su voto en dicho precedente. Se impuso costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal consideró que las cuestiones planteadas en los recursos guardan sustancial identidad con lo resuelto en la causa "Di Nanno, Camilo" (Fallos: 345:702), por lo que dio la misma respuesta y remitió a sus fundamentos. Textualmente: "Que las cuestiones planteadas en los recursos extraordinarios encuentran adecuada respuesta con lo resuelto por este Tribunal en la causa 'Di Nanno, Camilo' (Fallos: 345:702), a la que corresponde remitir por razones de brevedad." No se transcriben votos en disidencia, ya que el pronunciamiento fue unánime.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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