JurisprudenciaARG
Corte Suprema

IMPUTADO: DANEV, KRISTIAN s/EXTRADICION - ART. 52

El Ministerio Público Fiscal apeló la decisión del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 4 que había declarado improcedente la extradición de Kristian Ilkov Danev a la República Checa por el delito de asesinato. La Corte Suprema revocó el auto apelado y declaró procedente la extradición, al considerar que la orden de detención extranjera, aunque emanada de autoridad policial, cumplía los requisitos del artículo 13, inciso d de la ley 24.767.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CFP 001708/2018/CS001
Extradicion Ley 24.767 Republica checa Resolucion judicial Orden de detencion Articulo 13 inciso d Homicidio/asesinato Requisitos formales Ministerio publico fiscal Cooperacion internacional

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Ramiro González, titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 7, con memorial del Procurador General de la Nación interino, Dr. Eduardo Ezequiel Casal.

¿A quién se demanda?

Kristian Ilkov Danev, requerido en extradición, representado por el Dr. Sergio Manuel Raposeiras.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Extradición de Danev a la República Checa para ser sometido a proceso por el delito de asesinato cometido entre el 1° de diciembre de 2008 y el 13 de abril de 2009.

¿Qué se resolvió?

La Corte revocó la decisión de primera instancia y declaró procedente la extradición. Asimismo, exhortó al juez de la causa a ajustar el trámite a las pautas del artículo 245 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y ordenó que informe al país requirente el tiempo de privación de libertad del requerido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Este Tribunal advierte que esa pieza procesal extranjera no constituyó un mero informe dictado ex post para brindar las 'explicaciones' exigidas por la ley (...) sino una 'sentencia y orden de detención' librada por la autoridad policial extranjera en ejercicio de competencias que -según cabe razonablemente presumir- le han sido asignadas por el derecho extranjero para ordenar la detención de Danev en cuanto 'persona evadida de la justicia'." (considerando 5°)

"Si bien es cierto que, a los fines del artículo 13, inciso d de la ley 24.767, no cabe la calificación de ese acto extranjero como 'resolución judicial', según jurisprudencia del Tribunal, ello no conduce necesariamente a que corresponda prescindir de su toma en consideración en cuanto sirvió de motivación a la 'orden internacional de detención judicial' del Tribunal de Distrito de Nymburk, de fecha 3 de octubre de 2013..." (considerando 6°)

"Por ende, cabe tener por cumplida, por esa vía, la exigencia del artículo 13, inciso d también en lo concerniente a la 'explicación de los motivos por los que se sospecha que la persona requerida habría tomado parte en el delito'." (considerando 6°)

"...ese acto estatal también reúne el carácter de 'resolución judicial' que 'dispuso el libramiento de la solicitud de extradición'..." (considerando 8°)

Respecto del agravio de la defensa sobre la incorporación de prueba, la Corte lo consideró infundado, por cuanto el acto extranjero fue resultado de una medida complementaria ordenada por el juez conforme al artículo 31 de la ley 24.767, y la defensa no había formulado reparos en la primera oportunidad (considerando 9°).

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.