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Corte Suprema

HUANG, ZHIWU c/ DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES s/RECURSO DIRECTO EN LOS TERMINOS DE LA LEY DE POLITICA MIGRATORIA ARGENTINA - LEY 25871

El extranjero Zhiwu Huang impugnó una decisión de la Dirección Nacional de Migraciones que lo alcanzó con la causal impediente de ingreso y permanencia prevista en la ley 25.871. La Corte Suprema declaró parcialmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, remitiendo en lo sustancial a lo resuelto en la causa Huang, Qiuming.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FMP 045609/2018/CS001
Recurso extraordinario Politica migratoria Ley 25.871 Causal impediente Ingreso y permanencia de extranjeros Regularizacion migratoria Art. 29 inc. a Art. 61 Direccion nacional de migraciones Inadmisibilidad art. 280 cpccn

¿Quién es el actor?

Zhiwu Huang.

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional de Migraciones.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso directo en los términos de la ley de política migratoria argentina (ley 25.871), en el que se cuestiona la configuración de la causal impediente del art. 29, inc. a, y la posibilidad de subsanar la irregularidad de ingreso al país conforme al art. 61.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró parcialmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas. Los planteos restantes fueron declarados inadmisibles (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando del voto del Dr. Rosatti: "Que los agravios referentes a la regularización del supuesto previsto en el art. 29, inc. a, de la ley 25.871 como causal impediente del ingreso y permanencia de extranjeros en el territorio nacional remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa 'Huang, Qiuming' (Fallos: 344:3580), a la que cabe remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que los agravios referentes a la configuración del supuesto previsto en el art. 29, inciso a, de la ley 25.871 como causal impediente del ingreso y permanencia de extranjeros en el territorio nacional remiten al examen de cuestiones de hecho y prueba ajenas a esta instancia, que han sido resueltas sin arbitrariedad."

Respecto de la posibilidad de subsanar la irregularidad de ingreso por aplicación del art. 61 de la ley citada: "resultan aplicables las consideraciones efectuadas por esta Corte en la causa 'Huang, Qiuming' (Fallos: 344:3580), a las que cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad."

Los restantes planteos de la recurrente se consideraron inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Leyes que cita

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