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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - MAHFUD NESTOR ANGEL c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Se trata de recursos extraordinarios interpuestos por la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal contra sentencias que reconocieron derechos previsionales a varios jubilados de la fuerza. La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, declaró admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo en lo sustancial a lo resuelto en la causa Di Nanno.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 112419/2018/1/RH001
Jubilaciones Policia federal Caja de retiros Regimen previsional Personal militar y civil Recurso extraordinario Queja Reajuste de haberes Precedente di nanno Seguridad social

¿Quién es el actor?

Néstor Ángel Mahfud, Yolanda Pacífico, Graciela Noemí Pinto y otros, y Óscar Samuel Boschi y otros (jubilados de la Policía Federal Argentina).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

derechos previsionales y reajustes de haberes de los jubilados de la Policía Federal, en el marco del régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a las quejas, declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances del precedente "Di Nanno". Sin costas por ausencia de contradictorio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por la Corte en la causa "Di Nanno" (Fallos: 345:702), a cuyos fundamentos se remite por razones de brevedad. El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente citado. Textualmente: "Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa 'Di Nanno' (Fallos: 345:702), a la que corresponde remitir por razones de brevedad."

No se transcriben votos en disidencia; la decisión fue unánime.

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