JurisprudenciaARG
Corte Suprema

COLEGIO DE MANDATARIOS Y GESTORES DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS c/ ESTADO NACIONAL - PEN- DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

El Colegio de Mandatarios y Gestores de la Provincia de Entre Ríos promovió acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra el Estado Nacional por la normativa que regula la gestoría de trámites ante los Registros de la Propiedad Automotor. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario del Estado Nacional, revocó la sentencia apelada y remitió a los fundamentos de su precedente Fallos 344:2811.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FPA 007489/2018/CS001
Gestoria automotor Registro de la propiedad automotor Accion meramente declarativa de inconstitucionalidad Recurso extraordinario Estado nacional Colegio de mandatarios y gestores Entre rios Remision a precedente Fallos 344:2811 Registros prendarios.

¿Quién es el actor?

Colegio de Mandatarios y Gestores de la Provincia de Entre Ríos.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – PEN – Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción meramente declarativa de inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional, revocó la sentencia apelada, con costas, y ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo fallo conforme a lo expuesto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo es una remisión. Dice textualmente que "las cuestiones planteadas en el sub examine guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa 'Colegio de Mandatarios y Gestores de la Provincia de Entre Ríos' (Fallos: 344:2811), a la que corresponde remitir por razones de brevedad". Los jueces Rosatti y Rosenkrantz remiten, en lo pertinente, a sus votos en esa causa. No contiene desarrollo argumental propio en esta sentencia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.