MOYANO GOMEZ, BREINER ENRIQUE c/ EN - DNM s/RECURSO DIRECTO DNM
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la Dirección Nacional de Migraciones y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que había cuestionado la motivación de los actos administrativos de expulsión de Breiner Enrique Moyano Gómez. El tribunal ordenó dictar un nuevo pronunciamiento siguiendo el criterio fijado en el precedente Otoya Piedra.
¿Quién es el actor?
Breiner Enrique Moyano Gómez.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Dirección Nacional de Migraciones (EN – DNM).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso directo contra disposiciones de la DNM en materia migratoria, con cuestionamiento de la motivación de los actos administrativos dictados.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema admitió el recurso extraordinario del Estado Nacional, dejó sin efecto la sentencia apelada y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme al criterio de la causa "Otoya Piedra". Las costas se impusieron por su orden en razón de la naturaleza de las cuestiones debatidas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando del voto mayoritario (Rosatti, Maqueda, Lorenzetti): "Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa 'Otoya Piedra' (Fallos: 344:3600), a la que corresponde remitir por razón de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
"Las cuestiones planteadas por el Estado Nacional en el recurso extraordinario relativas a la motivación de los actos administrativos cuestionados por el actor guardan analogía con las examinadas por esta Corte en el precedente 'Otoya Piedra' (Fallos: 344:3600, voto del juez Rosenkrantz), a cuyos fundamentos cabe remitir a fin de evitar reiteraciones."
Fundamentación por remisión: la solución se apoya íntegramente en el precedente "Otoya Piedra"; los considerandos no desarrollan argumentos propios sobre la motivación del acto.
No se registran votos en disidencia.
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