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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - PRIETO RICARDO NESTOR Y OTROS c/ CAJA-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Integrantes del personal de la Policía Federal Argentina y sus derechos previsionales reclamaron contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal por el régimen aplicable a sus haberes. La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, declaró admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, remitiendo a los fundamentos del precedente López Quintero (Fallos: 344:675).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 041842/2014/1/RH001
Prevision militar Policia federal argentina Caja de retiros y jubilaciones Haberes previsionales Recurso extraordinario Queja Lopez quintero Personal militar y civil Seguridad social Fuerzas armadas y de seguridad

¿Quién es el actor?

Ricardo Néstor Prieto y otros (conjunto de causas acumuladas, en total nueve expedientes).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (CAJA-PFA) y, en algunos expedientes, el Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad vinculados a sus prestaciones previsionales (proceso de personal militar y civil de las FFAA y de seguridad).

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a las quejas, declaró admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por la demandada y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen del precedente "López Quintero" (Fallos: 344:675). Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en la causa 'López Quintero' (Fallos: 344:675), a la que corresponde remitir por razones de brevedad." "El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente mencionado." La resolución no desarrolla fundamentos propios: su sustento está en el precedente citado, al que remite íntegramente.

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

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